La Autorización de Estancia por Estudios es un título que habilita a ciudadanos extranjeros (no comunitarios) a permanecer en territorio español por un periodo superior a 90 días para realizar actividades de formación, investigación o estudio. Es importante destacar que, técnicamente, no es una «residencia», sino una «estancia», ya que su finalidad es transitoria mientras dure la formación, por lo tanto, es clave indicar que este permiso no computa de cara a la nacionalidad.
Esta autorización permite al estudiante trabajar por cuenta ajena o propia siempre que la actividad laboral sea compatible con los estudios y no supere las 30 horas semanales.
Para que la solicitud sea admitida y aprobada, el interesado debe cumplir con los siguientes puntos:
- Estar admitido en un centro de formación autorizado en España para la realización de un programa académico a tiempo completo (mínimo 20 horas semanales) que conduzca a la obtención de una titulación. Nuestra firma cuenta con convenios con centros habilitados para proporcionar a nuestros clientes el acceso a cursos que estén habilitados para este trámite y cumplan con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente.
- Encontrarse en España en situación regular. La solicitud debe presentarse dentro de los primeros 30 días desde la entrada en España y, en todo caso 2 meses antes de que empiece el curso.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anteriores durante los últimos 5 años.
- No padecer enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves
- Acreditar recursos suficientes para sufragar los gastos de estancia y el regreso a su país.
- Contar con un seguro de salud concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, con cobertura completa (sin copagos ni periodos de carencia), que de cobertura durante la duración del curso. Una vez nos encargues tu trámite agendamos una llamada para asesorarte especificamente sobre los requisitos del seguro, así como recomendaciones de productos de seguro y compañías.
Si quiere más información, no dude en contactarnos
administración@perezmuñozabogados.com
TLF: 643869895 / 614352933
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